domingo, 12 de febrero de 2012





Reciban una cordial bienvenida al Módulo de “LA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL”, del programa de Licenciatura en Derecho y Ciencias Políticas en modalidad Presencial y Virtual, de la Universidad de Panamá.

La modalidad pedagógica que empleo en este Módulo Aplicación Espacial, Temporal y Personal de la Ley Penal es fuertemente vivencial con una concepción de formación humana. Por lo tanto lo primero que cuenta es el “Estudiante”.  Ello implica entonces que entiendo al proceso de enseñanza – aprendizaje como una construcción dialógica que precisa del intercambio, la interacción, experiencias, vivencias, observación y reflexión dentro del marco de un proceso humanizante. En consecuencia, pretendo contribuir a su formación en saberes y competencia siendo mediadora cognitiva y socio- constructivamente. Espero que esta sea una experiencia apasionante para Usted, tanto como cada semestre lo es para mí.

Le deseo el mayor de los éxitos y no dude comunicarse conmigo cuantas veces lo necesite.
Saludos Cordiales,


INTRODUCCIÓN A LA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL

El Módulo “Aplicación de la Ley Penal” Se conforma de tres temas relacionados con la ley penal, como son entre otros, el ámbito de validez de la ley penal, en el tiempo, en el espacio y en las personas. Comprende todo lo relativo a la Aplicación y Validez Espacial Parte (I): (Territorialidad, Extraterritorialidad) Validez Espacial Parte (II): (La Extradición), Validez Temporal: (Nacimiento, Vigencia y Derogación) Validez Personal: (Principio de Igualdad, Excepciones al Principio de Igualdad, Problemas de las Prerrogativas Procesales).

Es importante tener presente que la norma penal tiene rasgos específicos y tiene aplicación dentro de ciertos ámbitos, o límites, es decir, en el tiempo, en lo espacial y personal, según veremos al estudiar estos aspectos, pero por el momento, solo debe reconocerse que estos, aspectos son de singular importancia pues a través de sus reglas permiten solucionar los problemas de aplicación de la ley penal.

El ámbito de validez espacial de la ley penal panameña se rige en general, salvo excepciones por el principio de territorialidad, y en el ámbito de validez personal, por el principio de igualdad, con las excepciones previstas en el Código Penal 2007.

En el ámbito de validez temporal de la ley penal, la ley penal se caracteriza por ser ir retroactiva, y excepcionalmente retroactiva, constitucionalmente y de conformidad con el Código del 2007, cuando favorece al reo.


OBJETIVOS


OBJETIVO GENERAL: Conocer, comprender, entender, identificar, distinguir  y reconocer los aspectos fundamentales de la Teoría de la Ley Penal, su aplicación validez y problemas aplicables en el Tiempo, Espacio y en relación a las Personas.



OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
  • Establecer la distinción entre territorialidad y extraterritorialidad.
  • Conocer los supuestos de extradición, la función y determinar su trascendencia en el Derecho Penal Internacional.
  • Distinguir retroactividad de ultractividad.
  • Determinar las reglas de aplicación de la Ley penal en el tiempo en las leyes temporales y excepcionales.
  • Conocer las fases de creación de la Ley penal.
  • Distinguir retroactividad de ultractividad.
  • Determinar las reglas de aplicación de la Ley penal en el tiempo en las leyes temporales y excepcionales.
  • Conocer el principio de igualdad ante la Ley penal.
  • Determinar las excepciones al principio de igualdad.
  • Reconocer las prerrogativas procesales.



TEMA I

VALIDEZ ESPACIAL DE LA LEY PENAL TERRITORIALIDAD Y EXTRATERRITORIALIDAD.


PLANTEAMIENTO.

Para determinar cuál es el ámbito espacial de la ley penal se han elaborado una serie de principios, según que se le conceda mayor importancia a lo que ocurre dentro del territorio del Estado o a lo que atente contra ciertos derechos importantes de los que el Estado o sus habitantes son titulares.

En este sentido, es usual encontrar en los autores estos cuatro principios fundamentales: a) principio de territorialidad; b) principio de personalidad; c) principio real o de defensa; y, d) principio de universalidad o de derecho mundial.

De acuerdo con el principio de territorialidad el Estado sanciona todos los hechos delictivos cometidos dentro de su territorio, con absoluta independencia de la nacionalidad del sujeto pasivo de infracción.

Lo realmente importante del principio de territorialidad de la ley penal es que quedan sometidos a la ley penal del Estado respectivo todos los hechos punibles cometidos dentro de su territorio.


LA TERRITORIALIDAD DE LA LEY PENAL PANAMEÑA.
                                                                                              
Este principio supone, que "la ley primitiva se aplica todos los delitos realizados en el territorio del Estado, sean nacionales o extranjeros el sujeto activo y el pasivo de la infracción".

De acuerdo con el artículo 15 de la Constitución Política vigente "Tanto los nacionales como los extranjeros que se encuentren en el territorio de la República, estarán sometidos a la Constitución y a las Leyes".

Según nuestro Código Penal "La ley penal panameña se aplicará a los hechos punibles cometidos en el territorio nacional y demás lugares sujetos a la jurisdicción del Estado, salvo las excepciones establecidas en las convenciones y reglas internacionales aceptadas por la República de Panamá". (Art. 7, inc. 1)

El es, sin lugar a dudas, una consecuencia obvia y evidente del poder soberano que el Estado tiene sobre el territorio panameño, lo que supone la inaplicabilidad de leyes extranjeras al hecho cometido.


LA EXTRATERRITORIALIDAD DE LA LEY PENAL PANAMEÑA.


A pesar de haber reconocido la territorialidad de la ley penal panameña, no podemos negar que en ocasiones nuestras leyes penales permiten imponer sanciones por hechos punibles cometidos fuera del territorio nacional.

Estos supuestos, sin embargo, se supone que deben ser excepcionales, ya que conceden valor a las leyes penales por hechos cometidos fuera de la jurisdicción de la ley respectiva.


ASIGNACIÓN

RESUMEN

Lectura de Muñoz Pope, Introducción al Derecho Penal (2003).
Es por lo anterior, que los invito querid@s estudiantes a realizar la siguiente actividad.

 CONSIGNA DE EVALUACIÓN  Nº 1

  • Lee y analiza la lectura Introducción al Derecho Penal, Capítulo XIII y Capítulo XIV.
  • Elabore un cuadro que resuma y distinga la validez espacial de la ley penal, en cuanto a territorialidad, extraterritorialidad y extradición.
  • En el cuadro sintetice los Principios que justifican la aplicación de la ley penal a hechos cometidos fuera del territorio del Estado. 


CRITERIOS DE EVALUACIÓN

El tipo de evaluación para la asignación, será  formativa. Las calificaciones serán las siguientes: A= Sobresaliente (100 a 91 puntos); B= Bueno (90 a 81 puntos); C= Regular (80 a 71 puntos); F= Fracaso (menos de 71 puntos).

La evaluación del aprendizaje comprenderá la valoración de las competencias conceptuales, procedimentales y actitudinales, para lo cual la docente podrá valerse de tipo de prueba teórica escrita y utilizará el instrumento de Lista de Cotejo lo cual servirá de criterio y/o evidencia de aprendizaje para la aprobación del curso.

Los aspectos y criterios a evaluar: se desempeña en correspondencia con los objetivos del tema, demuestra dominio de la materia usando ejemplos y/o reflexiones personales sobre el contenido, realiza las consignas de acuerdo a las orientaciones impartidas,  hace aportaciones creativas, demuestra dominio en redacción, síntesis y ortografía, demuestra un nivel de comprensión aplicada a través de reflexiones originales sobre el contenido, domina procedimientos para elaborar y presentar resúmenes.







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